Tabla de contenidos
- ¿En qué consiste la supervisión administrativa de la FIU y quiénes están sujetos a ella?
- ¿Cómo se inicia una inspección de la FIU?
- ¿Qué documentos solicita la FIU antes de la inspección?
- ¿Cómo funciona exactamente la inspección in situ?
- ¿Qué deficiencias detecta con mayor frecuencia la FIU en la práctica?
- Medida correctiva frente a multa: ¿cuál es la diferencia?
- Qué puede ocurrir tras una inspección: resumen de las sanciones
- Normas especiales para abogados, notarios, auditores y asesores fiscales
- Lista de comprobación: cómo prepararse para una inspección de la FIU en un día
- Preguntas frecuentes sobre las inspecciones de la FIU
¿En qué consiste la supervisión administrativa de la FIU y quiénes están sujetos a ella?
La Oficina de Análisis Financiero (FIU) es, en virtud de disposiciones legales aplicables, la principal autoridad supervisora del cumplimiento de la normativa contra el blanqueo de capitales en la República Checa. La supervisión administrativa de la FIU se aplica a la mayoría de las entidades obligadas del sector no financiero, entre las que se incluyen agentes inmobiliarios, contables, asesores fiscales, proveedores de servicios fiduciarios y empresariales, operadores de juegos de azar y otras entidades enumeradas en la ley AML.
Desde el 1 de mayo de 2024, la supervisión administrativa se basa en un enfoque orientado al riesgo. La FIU no inspecciona de forma generalizada a todas las entidades obligadas. Centra sus recursos en aquellas entidades en las que la evaluación de riesgos indica una mayor probabilidad de que existan deficiencias o usos indebidos. Las inspecciones no se limitan a las políticas internas que deben notificarse a la FIU. La FIU también puede solicitar por escrito las políticas internas de las entidades obligadas que no tienen la obligación de notificarlas, como los intermediarios inmobiliarios o los TCSP.
Las entidades de crédito y las instituciones financieras están supervisadas principalmente por el Banco Nacional Checo. Determinadas profesiones se rigen por un procedimiento especial a través de los colegios profesionales, tal y como se resume en el apartado 8.
¿Cómo se inicia una inspección de la FIU?
Una inspección comienza siempre con una notificación de inicio de la inspección in situ, que la FIU envía al buzón electrónico de la entidad obligada. De este modo, la persona inspeccionada es informada con antelación.
La notificación suele incluir una solicitud de presentación de documentos. La FIU solicita por escrito determinados documentos antes de la propia inspección in situ, normalmente en un plazo breve, expresado en días laborables.
La solicitud se basa en los apartados 1 y 4 del artículo 24 de la Ley contra el blanqueo de capitales. Siguiendo las instrucciones de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), una entidad obligada debe facilitar la información y presentar los documentos necesarios para la supervisión administrativa dentro del plazo fijado por la UIF.
Nota práctica: Si la FIU solicita políticas internas o una evaluación de riesgos y usted es una entidad obligada que no tiene la obligación legal de elaborar estos documentos por escrito, es recomendable señalarlo expresamente y citar el fundamento jurídico. La FIU puede solicitar políticas internas incluso cuando no sean obligatorias, pero la entidad obligada no debería ser sancionada por el mero hecho de que no existan políticas escritas de carácter voluntario.
¿Qué documentos solicita la FIU antes de la inspección?
El alcance de la documentación solicitada varía según cada caso. En la práctica, la FIU suele solicitar estas categorías de documentos:
Documentación interna sobre la prevención del blanqueo de capitales
- políticas internas vigentes, incluidas las versiones anteriores y las fechas de las modificaciones
- Evaluación actual de riesgos de lavado de dinero y financiación del terrorismo, incluidas las versiones anteriores
- todas las metodologías, instrucciones y directrices internas relacionadas con la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo (AML/CFT)
Agenda de clientes y operativa
- resumen de las operaciones examinadas por sospecha de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo durante el período inspeccionado que no se comunicaron a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)
- lista de todos los clientes clasificados como «de riesgo» a fecha de la solicitud, incluyendo los motivos de dicha clasificación (artículo 21 bis, apartado 1, de la Ley contra el blanqueo de capitales)
Documentación de personal
- expedientes de los empleados que pudieran haber detectado transacciones sospechosas durante el período inspeccionado, incluyendo nombre, apellidos, cargo, fecha de incorporación y, en su caso, fecha de cese o interrupción
Documentación sobre formación
- registros de la formación sobre la lucha contra el blanqueo de capitales realizada durante el período inspeccionado, en particular el contenido, la fecha y la lista de participantes
¿Cómo funciona exactamente la inspección in situ?
Tras recibir y evaluar la documentación presentada, la FIU procede a realizar una inspección directamente en la sede social o el establecimiento de la entidad sujeta a la obligación. Los inspectores de la FIU están autorizados a:
- acceder a las instalaciones de la entidad obligada e inspeccionar los documentos
- solicitar explicaciones orales o por escrito sobre procesos concretos
- revisar los expedientes de los clientes seleccionados, los registros de identificación de los clientes y de diligencia debida, así como las operaciones sospechosas y la forma en que se evaluaron
La inspección resulta especialmente onerosa cuando la gestión de la prevención del blanqueo de capitales no se lleva a cabo de forma sistemática. Los inspectores evalúan no solo si los documentos existen formalmente, sino, sobre todo, si los procedimientos se aplican realmente en la práctica: si los empleados pueden describir qué hay que hacer cuando surge una operación sospechosa, si los perfiles de riesgo de los clientes se mantienen de forma coherente y si las políticas internas reflejan el modelo de negocio real de la empresa.
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¿Qué deficiencias detecta con mayor frecuencia la FIU en la práctica?
Los resultados de la supervisión de la FIU y las Directrices Metodológicas n.º 6 y n.º 11 ponen de manifiesto en repetidas ocasiones las siguientes categorías de deficiencias:
Deficiencias en las políticas internas
- las políticas se basan en plantillas y no son individualizadas, por lo que no reflejan el modelo de negocio real de la entidad sujeta a la normativa
- las políticas no se actualizan tras los cambios legislativos o las nuevas directrices metodológicas de la FIU
- Las pólizas fueron elaboradas por un especialista externo sin la participación de la entidad obligada y sin garantizar su actualización.
Deficiencias en la diligencia debida con respecto a los clientes
- no se ha determinado la naturaleza de la actividad del cliente (artículo 9, apartado 2, letra a), de la Ley contra el blanqueo de capitales); no basta con indicar únicamente «empresario» o «empleado»
- el origen de los fondos (artículo 9, apartado 2, letra e)) no se determina al inicio de la relación comercial, sino solo a posteriori, o no se determina en absoluto
- La identificación se lleva a cabo correctamente, pero no se realiza un seguimiento continuo de los clientes.
Deficiencias en la evaluación de riesgos
- la evaluación de riesgos está desactualizada o no existe
- La categorización del riesgo no está justificada y no puede demostrarse.
Deficiencias en la formación
- la formación no es periódica o faltan registros (artículo 23 de la Ley contra el blanqueo de capitales)
- El contenido de la formación no se ajusta a las políticas internas vigentes
Medida correctiva frente a multa: ¿cuál es la diferencia?
Una inspección no conlleva automáticamente la imposición de una multa. La ley AML distingue entre dos tipos de respuestas de la Unidad de Análisis Financiero (FIU) ante las deficiencias detectadas.
Una medida correctiva (según la ley AML) es el instrumento menos restrictivo. La FIU ordena a la entidad obligada que subsane la deficiencia en un plazo razonable. La entidad obligada debe informar a la FIU de que ha subsanado la deficiencia sin demora injustificada, a más tardar 10 días después de que expire el plazo.
El incumplimiento de una medida correctiva constituye en sí mismo un delito con arreglo al artículo 47 bis de la Ley contra el blanqueo de capitales y puede ser sancionado con una multa de hasta el mismo importe que el del delito original. La falta de notificación de la finalización de la medida constituye otro delito punible con una multa de hasta 1 000 000 de coronas checas.
Se impone una multa como sanción administrativa cuando la FIU inicia un procedimiento sancionador. El importe depende de la disposición concreta que se haya infringido.
Qué puede ocurrir tras una inspección: resumen de las sanciones
| Offence | Gama básica de alta precisión |
|---|---|
| Incumplimiento en la introducción o aplicación de políticas internas (artículo 48, apartado 1) | hasta 10 000 000 de coronas checas |
| Incumplimiento de la obligación de elaborar políticas internas por escrito (artículo 48, apartado 2) | hasta 1 000 000 de coronas checas |
| Incumplimiento de la obligación de elaborar o actualizar una evaluación de riesgos (artículo 48, apartado 4) | hasta 1 000 000 de coronas checas |
| Incumplimiento de la obligación de garantizar la formación de los trabajadores (artículo 48, apartado 6) | hasta 5 000 000 de coronas checas |
| Incumplimiento de la obligación de identificar a un cliente o de llevar a cabo la diligencia debida respecto a él (artículo 44) | hasta 10 000 000 de coronas checas |
| Incumplimiento de la obligación de notificar una operación sospechosa (artículo 46) | hasta 5 000 000 de coronas checas |
| Incumplimiento de una medida correctiva (artículo 47 bis) | hasta el importe de la multa correspondiente a la infracción original |
En caso de infracciones graves, reiteradas o sistemáticas, los rangos de las multas aumentan. Para las entidades no financieras, pueden alcanzar los 30 000 000 CZK; para las entidades financieras, hasta 130 000 000 CZK o el 10 % de la facturación anual.
Además de la multa, la resolución podrá publicarse en la página web de la FIU durante cinco años a partir de su firmeza (según la ley AML). En la práctica, esto puede resultar más perjudicial para muchas entidades obligadas que la propia multa.
Si la FIU detecta una infracción especialmente grave o reiterada, podrá presentar una solicitud (según la ley AML) ante la autoridad competente —como una oficina de concesión de licencias comerciales o una cámara de comercio— para que se retire la autorización de actividad.
Una resolución por la que se imponga una multa puede ser objeto de recurso como vía ordinaria en el marco de un procedimiento administrativo.
Normas especiales para abogados, notarios, auditores y asesores fiscales
Estas profesiones están sujetas a un régimen de supervisión específico conforme a la ley AML. La FIU no lleva a cabo la inspección por sí misma de forma habitual. En su lugar, presenta una solicitud por escrito al colegio profesional correspondiente, que es el encargado de realizar la inspección:
- abogados → Colegio de Abogados de la República Checa
- notarios → Colegio Notarial de la República Checa
- auditores → Colegio de Auditores de la República Checa
- ejecutores judiciales → Colegio de Ejecutores Judiciales de la República Checa
- asesores fiscales → Colegio de Asesores Fiscales de la República Checa
La cámara deberá iniciar la inspección en un plazo de 60 días a partir de la recepción de la solicitud de la FIU e informar a esta última del inicio y del resultado de la misma en un plazo de 10 días laborables. Solo si la cámara no inicia la inspección dentro de ese plazo, la FIU podrá llevarla a cabo por sí misma.
Esta norma no es absoluta. La FIU tiene derecho a acceder a las instalaciones de un abogado o notario en presencia de la entidad obligada, en las condiciones establecidas en la ley de lucha contra el blanqueo de capitales, especialmente cuando la información no esté sujeta a secreto profesional.
Lista de comprobación: cómo prepararse para una inspección de la FIU en un día
¿Has recibido una notificación? Revisa esta lista de comprobación inmediatamente:
Documentos: comprobar su existencia y vigencia
- Las políticas internas se elaboran cuando es necesario, se fechan y se ajustan a la legislación vigente.
- La evaluación de riesgos de lavado de dinero y financiación del terrorismo está actualizada y adaptada a las necesidades de tu empresa.
- Todas las versiones anteriores de las políticas internas y las evaluaciones de riesgos están disponibles, con las fechas de las modificaciones.
Client agenda
- Tienes una lista de clientes de riesgo con los motivos por los que se les ha clasificado como tales.
- Los expedientes de los clientes recogen los resultados de la evaluación de personas políticamente expuestas (PEP) y las comprobaciones del sistema de gestión de riesgos (ESM)
- Para cada cliente se registran las fuentes de fondos y la naturaleza de la actividad.
- Dispones de una visión general de las operaciones en las que se ha considerado que existían indicios de sospecha, incluidas aquellas que no se han comunicado a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF)
Training
- La formación se ha impartido en los últimos 12 meses
- Existen pruebas de participación y de contenido (artículo 23, apartado 4, de la Ley contra el blanqueo de capitales; un plazo mínimo de 5 años)
- Los nuevos empleados recibieron formación antes de incorporarse a su puesto correspondiente
Resumen de plantilla
- Dispones de una lista de todos los empleados y colaboradores que podrían verse afectados por transacciones sospechosas, incluidas las fechas de inicio y finalización.
Organization
- Se designa a una persona de contacto de la FIU y se le notifica dentro del plazo establecido por la ley.
- Se nombra por escrito a un responsable en materia de lucha contra el blanqueo de capitales, de conformidad con el artículo 22 bis, cuando proceda.
No te dejes sorprender por una inspección de la FIU: ten preparada la documentación de seguimiento
AML PROOF almacena los registros de identificación, la diligencia debida con respecto a los clientes, la verificación de personas políticamente expuestas (PEP) y la formación en un único sistema, listos para ser presentados a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en cualquier momento.
Preguntas frecuentes sobre las inspecciones de la FIU
¿Cómo decide la FIU si me somete a una inspección?
La FIU selecciona las entidades objeto de inspección basándose en un análisis de riesgos que tiene en cuenta la evaluación de riesgos nacional, la evaluación de riesgos supranacional y los perfiles sectoriales de la ley AML. Una inspección también puede ponerse en marcha a raíz de una notificación de otra institución, de otra entidad obligada o del propio trabajo analítico de la FIU.
¿Puede la FIU presentarse sin previo aviso?
Una inspección presencial habitual comienza con la entrega de una notificación en el buzón de datos. La Ley contra el blanqueo de capitales no prevé inspecciones sorpresa sin previo aviso en el marco de la supervisión administrativa habitual.
¿Qué ocurre si no puedo presentar los documentos dentro del plazo establecido?
Informe a la FIU lo antes posible y solicite una prórroga, justificando los motivos. El hecho de no facilitar la información solicitada por la FIU constituye en sí mismo una infracción de la ley AML, punible con una multa de hasta 10 000 000 CZK.
¿Es necesario que haya un abogado presente durante la inspección?
Aunque la ley no lo exige, en los casos más complejos, especialmente cuando la FIU indica que se van a examinar determinadas transacciones de los clientes o presuntos delitos, es recomendable contar con representación legal.
¿Puedo presentar un recurso si no estoy de acuerdo con el resultado de la inspección?
Sí. Una resolución de la FIU sobre una infracción es una resolución administrativa contra la que puede interponerse un recurso como vía ordinaria. También pueden presentarse objeciones contra una medida correctiva, en el marco de un procedimiento administrativo.
¿Durante cuánto tiempo permanece visible públicamente una multa de la FIU?
La parte dispositiva de una resolución definitiva sobre una infracción se publica en la página web de la FIU de forma accesible a distancia durante 5 años a partir de su entrada en vigor.
